Mantiene la participación del Presidente en los ministros de la Corte Suprema, eliminando la integración de la quina por antigüedad, pero en el resto de los nombramientos, es decir, Ministros de Corte de Apelaciones y otros jueces letrados, a través de un órgano colegiado que los elija mediante un mecanismo público basado en el mérito que debe regular una ley orgánica constitucional.
ESTADO: En tramitación
ETAPA: Primer trámite
ORIGEN: Cámara diputados
URGENCIA: Urgencia simple
INICIATIVA: Mensaje
AUTORES: Ejecutivo
Resumen de proyecto
Detalle de proyecto
Cambios en el proyecto