Boletín: 13348-07

Consagrar la imprevisión como excepción de pago y de cumplimiento contractual, en las circunstancias y con los requisitos que indica

Materia: COVID-19

Atendida la necesidad de regular este instituto jurídico, y la falta de proyectos por parte del legislador, en tramitación efectiva, para recoger los planteamientos que la doctrina a efectuado sobre el particular, es por eso que resulta esencial reconocer la Teoría de la Imprevisión en la Ley especial en contextos de sismos y catástrofes, para efectos que se pueda aplicar en sede judicial, cumpliendo con ciertos requisitos, a las obligaciones que se especifican. Asimismo se incorpora una regla general, que permite excepcionalmente la revisión del contrato, en las otras situaciones en que el cumplimiento imponga una extrema onerosidad. Este reconocimiento permitirá que deudores que han sufrido situaciones inesperadas, imprevistas o imprevisibles, en el contexto de la actual crisis sanitaria, puedan hacer frente a estos imponderables y no sufrir necesariamente la perdida de bienes esenciales para la vida cotidiana.

ESTADO: En tramitación

ETAPA: Primer trámite

ORIGEN: Cámara diputados

URGENCIA: Sin urgencia

INICIATIVA: Moción

AUTORES: Bancada PS

FECHA: 20-12-2017

PROYECTOS RELACIONADOS:

DETALLE

Resumen de proyecto

Detalle de proyecto

Cambios en el proyecto

COMISIONES

Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento Cámara de Diputados

ARCHIVOS

Últimos archivos

archivo.docx

Ver Todos