Incorpora una aclaración en la norma con objeto de evitar que los mayores costos derivados de la aplicación de la Ley del Ducto en condominios sociales a los beneficiarios de los subsidios.- Se refundió con el proyecto boletín 13073-14 que busca extender la obligación de contar con la capacidad necesaria para suministrar servicios de telecomunicaciones a todos los proyectos de loteo o de edificación, sin distinciones de ninguna especie. El proyecto de ley agrega un nuevo inciso final al artículo 7° ter, extendiendo la aplicación de la norma a aquellas unidades funcionales que formen parte de una sola unidad de dominio exclusivo o unidad enajenable, como centros comerciales o edificios destinados al arriendo de unidades de forma permanente, sea con fines habitacionales o comerciales. Modifica el momento en el cual debe verificarse el cumplimiento de la inscripción de los proyectos en el registro público creado al efecto, estableciendo que dicho requisito deba acreditarse al momento de solicitar el permiso de edificación y verificarse con motivo de la recepción definitiva de las obras.
ESTADO: En tramitación
ETAPA: Segundo trámite
ORIGEN: Senado
URGENCIA: Sin urgencia
INICIATIVA: Mensaje
AUTORES: Aravena Acuña, Carmen Gloria De Urresti Longton, Alfonso Montes Cisternas, Carlos Navarro Brain, Alejandro Sandoval Plaza, David
Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales Cámara de Diputados
Vivienda y Urbanismo Senado
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